¿Qué es el Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI)?

Es un impuesto anual que se aplica sobre el patrimonio inmobiliario de las Personas Físicas y de los Fideicomisos.

Tasa del IPI

1% del excedente de (RD$9,520,861* del patrimonio total. Este monto se actualiza anualmente.

¿Cuáles inmuebles pueden ser alcanzados por este impuesto?

• Todas las viviendas.
• Solares urbanos.
• Inmuebles destinados a actividades comerciales, industriales y profesionales.

Exenciones

Se encuentran exentos del pago de este impuesto:

  1. La vivienda (y el solar sobre el cual se encuentra edificada) perteneciente a personas mayores de 65 años de edad, siempre y este constituya el único patrimonio inmobiliario de su propietario.
  2. Personas pensionistas y rentistas de fuente extranjera en un 50%.
  3. Los terrenos rurales.
  4. Mejoras de uso agropecuario ubicados sobre terrenos rurales.
  5. Inmuebles exentos por leyes especiales (ej. Ley 158-01).
  6. Todos los inmuebles alcanzados, cuyo valor conjunto sea igual o inferior a RD$9,520,861
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